Directriz 6

En el momento de la entrada en el país receptor, todos los medicamentos donados tienen que tener un término de conservación de un año como mínimo. Se puede hacer una excepción para los donativos directos a determinados establecimientos de salud, a condición de que el profesional responsable en el extremo receptor declare que está informado del término de conservación, y que la cantidad y la vida útil restante permiten la administración adecuada antes de la fecha de caducidad. En todos los casos hace falta notificar al receptor con mucha antelación la fecha de llegada y las fechas de caducidad de los medicamentos.