En el momento de la entrada en el país receptor, todos los medicamentos
donados tienen que tener un término de conservación de un año
como mínimo. Se puede hacer una excepción para los donativos directos
a determinados establecimientos de salud, a condición de que el profesional
responsable en el extremo receptor declare que está informado del término
de conservación, y que la cantidad y la vida útil restante permiten
la administración adecuada antes de la fecha de caducidad. En todos los
casos hace falta notificar al receptor con mucha antelación la fecha
de llegada y las fechas de caducidad de los medicamentos.